SAGRILAFT, SARLAFT y PTEE: qué son y en qué se diferencian
Los tres sistemas de Colombia contra el lavado de activos y la corrupción, y qué cambió en 2026.
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SAGRILAFT es el sistema contra el lavado de activos de las empresas colombianas fuera del sector financiero, supervisado por la Superintendencia de Sociedades. SARLAFT es el sistema de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera. PTEE es el programa de transparencia y ética empresarial contra la corrupción y el soborno transnacional. Desde la Circular 100-000020 de 2026, SAGRILAFT y PTEE son un solo sistema.
Qué es cada uno
SAGRILAFT
Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LA/FT/FPADM).
El sistema que deben implementar las empresas del sector real vigiladas por la Superintendencia de Sociedades cuando cumplen los umbrales de la norma: identificar, medir, controlar y monitorear el riesgo de ser usadas para lavar activos o financiar el terrorismo.
SARLAFT
Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo.
El sistema equivalente para las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, como bancos y aseguradoras. Está en la Circular Básica Jurídica de la propia Superintendencia Financiera, con otras normas y otro supervisor.
PTEE
Programa de Transparencia y Ética Empresarial.
El programa contra la corrupción y el soborno transnacional de las empresas vigiladas por la Superintendencia de Sociedades. Hasta 2026 funcionaba en paralelo con el SAGRILAFT, con su propio manual y su propio oficial.
Lado a lado
| SAGRILAFT | SARLAFT | PTEE | |
|---|---|---|---|
| Supervisor | Superintendencia de Sociedades | Superintendencia Financiera | Superintendencia de Sociedades |
| Quién lo aplica | Empresas del sector real que cumplen los umbrales | Entidades financieras vigiladas | Empresas del sector real que cumplen los umbrales |
| Riesgos que cubre | Lavado de activos, financiación del terrorismo y financiamiento de la proliferación | Lavado de activos y financiación del terrorismo | Corrupción y soborno transnacional |
| Dónde está regulado | Capítulo IX de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades, desde 2026 | Circular Básica Jurídica de la Superintendencia Financiera | Capítulo IX de la Circular Básica Jurídica de la Superintendencia de Sociedades, desde 2026 |
Qué cambió en 2026
El 2 de julio de 2026 la Superintendencia de Sociedades expidió la Circular Externa 100-000020, una nueva Circular Básica Jurídica que derogó las anteriores.
SAGRILAFT y PTEE, un solo sistema
Los dos quedan en el Capítulo IX, en un solo sistema que cubre el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación junto con la corrupción y el soborno transnacional.
Un oficial de cumplimiento, un manual
La función se unifica y la gobernanza también: un oficial y un manual integrado en lugar de dos programas con sus propios documentos. La nueva norma además eleva lo que se le exige al oficial.
Responsabilidad repartida
Las sanciones pueden alcanzar a la sociedad, a sus administradores, al oficial de cumplimiento y al revisor fiscal, no solo a la persona jurídica.
Plazo: 31 de mayo de 2027
Las empresas ya obligadas tienen hasta esa fecha para adecuar su sistema. Las que adquieran la condición durante 2026 tienen hasta el 31 de mayo del año siguiente.
El SARLAFT no cambió con esta circular: corresponde a la Superintendencia Financiera.
¿Mi empresa está obligada a implementarlo?
Depende de los ingresos o los activos al cierre del año anterior, con umbrales más bajos para los sectores considerados de mayor exposición. Desde 2026 los umbrales se expresan en Unidades de Valor Básico (UVB) en lugar de salarios mínimos. Entre los sectores de mayor exposición están:
- Agentes y empresas inmobiliarias
- Comercio de metales y piedras preciosas
- Servicios jurídicos y contables
- Construcción y comercio de vehículos
- Activos virtuales
Por debajo del umbral del sistema completo puede aplicar el Régimen de Medidas Mínimas, que también obliga, con exigencias menores. Esta guía no da los umbrales a propósito: verifíquelos en el texto oficial de la circular o con su asesor.
Qué incluye el sistema
- Un oficial de cumplimiento y un suplente, designados por el máximo órgano social
- Un manual integrado con políticas, procedimientos y responsables
- Debida diligencia de las contrapartes, intensificada para las de mayor riesgo, incluidas las personas expuestas políticamente
- Identificación del beneficiario final, con su soporte documental
- Una matriz de riesgo con metodología documentada
- Reportes de operación sospechosa a la UIAF, y los reportes de los periodos sin ellas
- Capacitación periódica del personal, con registro de quién la recibió
- Conservación documental que permita reconstruir cada decisión
La operación del sistema, en COX
Un expediente por contraparte para los dos frentes del Capítulo IX: debida diligencia, consulta en listas restrictivas y de PEP, medios adversos, una matriz de riesgo documentada, registro de capacitaciones y una traza inmutable de cada decisión. El manual y el oficial quedan en su empresa.
COX para SAGRILAFT y PTEEPreguntas Frecuentes
Esta guía es solo informativa y no constituye asesoría legal. Resume la Circular Externa 100-000020 de 2026 sin reemplazarla: confirme umbrales, plazos y requisitos en el texto oficial de la Superintendencia de Sociedades o con un asesor colombiano.
Prepárese antes de mayo de 2027
Adaptarse significa un nuevo perfil de oficial, un manual en lugar de dos y una nueva matriz. Empiece por los expedientes.
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