🇬🇹 Guatemala · IVE · Decreto 15-2026
Antilavado en Guatemala: el Decreto 15-2026 cambia quién está obligado
Guatemala reemplazó el marco antilavado que rigió durante veinticinco años. El Decreto 15-2026, vigente desde el 17 de septiembre de 2026, deroga las leyes de 2001 y 2005, las unifica en un solo cuerpo legal y suma como personas obligadas a los proveedores de servicios de activos virtuales, a los profesionales universitarios que prestan servicios jurídicos, económicos, contables o de auditoría y a los notarios. COX le da la estructura para cumplir desde el primer cliente: expediente de debida diligencia, consulta en listas restrictivas, matriz de riesgo y trazabilidad para responder ante la Intendencia de Verificación Especial.
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Marco normativo de referencia
- Decreto 15-2026: vigente desde el 17 de septiembre de 2026; deroga los Decretos 67-2001 y 58-2005 y unifica el marco en un solo cuerpo legal
- Intendencia de Verificación Especial (IVE): lleva el registro de personas obligadas y recibe el Reporte de Transacciones Sospechosas (RTS)
- CONCLAFT: Consejo Nacional de Coordinación contra el Lavado de Dinero u otros Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el de la Proliferación de Armas, presidido por el Vicepresidente de la República y con la IVE como secretaría técnica
- Superintendencia de Bancos: supervisa a las personas obligadas y puede incorporar nuevas actividades, con informe de la IVE y aprobación del CONCLAFT
- Reglamento de la ley: la Superintendencia de Bancos, a través de la IVE, debe elaborarlo a más tardar el 17 de marzo de 2027; fijará umbrales y plazos del RTS
- GAFILAT: evaluación mutua de cuarta ronda de Guatemala fechada en noviembre de 2016; la quinta ronda está en preparación
Qué cambia con el Decreto 15-2026
Un solo cuerpo legal
La nueva ley integra en un texto único la prevención y represión del lavado de dinero u otros activos y del financiamiento del terrorismo, que hasta ahora vivían en dos decretos separados, cada uno con su reglamento.
Nuevas personas obligadas
Entran los proveedores de servicios de activos virtuales, los profesionales universitarios sin relación laboral con el cliente y los notarios. Son las únicas nuevas: el resto de la lista del artículo 3 ya estaba en el marco anterior.
Régimen especial para profesionales y notarios
Los profesionales universitarios y los notarios tienen un régimen propio: se inscriben ante la IVE, llevan un registro por cliente y avisan a la IVE, dentro de los primeros quince días hábiles del mes siguiente, cuando detectan una incongruencia entre la información del cliente y el servicio prestado o una transacción inusual.
Secreto profesional
El profesional de servicios jurídicos no reporta lo que obtiene al verificar la situación jurídica de su cliente ni en el ejercicio del derecho de defensa en asuntos judiciales, administrativos, arbitrales o de mediación.
Beneficiario final desde el 15 %
La ley fija el umbral: es beneficiario final quien, en última instancia, tiene una participación igual o mayor al quince por ciento o ejerce el control efectivo por cualquier otro medio, incluso a través de una cadena de propiedad.
PEP hasta un año después del cargo
Una persona expuesta políticamente lo es desde que toma posesión y hasta un año después de dejar el cargo. Las medidas reforzadas alcanzan a sus parientes en primer grado de consanguinidad, a su cónyuge o conviviente y a sus asociados cercanos.
Enfoque basado en riesgo
Cada persona obligada identifica, evalúa y mitiga su riesgo con una metodología propia, aprobada por su órgano de dirección superior, que considera al menos a sus clientes, su ubicación geográfica, sus canales de distribución y sus productos o servicios.
CONCLAFT
Se crea el Consejo Nacional de Coordinación contra el lavado de dinero u otros activos, el financiamiento del terrorismo y el de la proliferación de armas de destrucción masiva. Lo preside el Vicepresidente de la República y la IVE es su secretaría técnica.
Sociedades: administradores y accionistas
Las sociedades mercantiles existentes inscriben a todos los miembros de su órgano de administración en el Registro Mercantil dentro de seis meses desde la vigencia, y las sociedades accionadas avisan al Registro Mercantil cada inscripción y transmisión de acciones dentro de diez días hábiles.
¿Su actividad está obligada?
El artículo 3 de la ley alcanza, entre otros:
- Profesionales universitarios de servicios jurídicos, económicos, contables y de auditoría que preparan o ejecutan operaciones para un cliente
- Notarios, cuando autorizan escrituras sobre esas operaciones
- Promoción, intermediación o compraventa de inmuebles
- Comercio de vehículos terrestres, marítimos o aéreos
- Comercio en efectivo de arte, antigüedades, joyas, piedras o metales preciosos
- Servicios a sociedades: constitución, actuar como accionista, director, apoderado o fiduciario de otros, o proveer domicilio
- Loterías, rifas, bingos y similares
- Proveedores de servicios de activos virtuales
- Blindaje y compraventa de bienes blindados
- Casas de empeño, compraventa de divisas, préstamos, factoraje, arrendamiento financiero y cooperativas de ahorro y crédito
- Corretaje independiente de seguros de vida que acumulan valores a favor del asegurado y de seguros de caución
Si su firma constituye sociedades, administra fondos de terceros o interviene en compraventas de inmuebles, es muy probable que esté dentro. La Superintendencia de Bancos puede además incorporar nuevas actividades, con informe de la IVE y aprobación del CONCLAFT.
Sus obligaciones como persona obligada
Inscripción ante la IVE
Inscribirse en línea en el Sistema de Inscripción de Personas Obligadas de la IVE, con los documentos de su tipo de persona, y mantener los datos actualizados. Si la IVE le hace un previo, tiene treinta días calendario para atenderlo o la gestión se da por finalizada.
Oficial de cumplimiento
Las sociedades y cooperativas designan, por su órgano de dirección superior, un oficial titular y un suplente, que es su único enlace con la Superintendencia de Bancos a través de la IVE. Las personas individuales pueden ejercer ellas mismas la función, en las condiciones que fije el reglamento, y a los profesionales universitarios no se les exige oficial.
Manual de prevención
Documentar en un manual aprobado por el órgano de dirección superior las políticas de debida diligencia, el monitoreo y la detección de transacciones inusuales y sospechosas, los estándares de selección del personal y un plan continuo de capacitación.
Conocimiento del cliente y beneficiario final
Identificar y verificar al cliente y a su beneficiario final al iniciar la relación. Solo en casos justificados y previstos en el manual la verificación puede completarse después, en no más de tres meses. Los clientes de riesgo alto se revisan al menos una vez al año.
Consulta en listas restrictivas
Controlar de forma permanente a clientes y prospectos contra las listas del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Ante una coincidencia, limitar con efecto preventivo la disposición de los fondos o activos y comunicarlo por escrito al Ministerio Público en no más de veinticuatro horas.
Reportes a la IVE
Reportar las transacciones sospechosas a la IVE por medio del oficial de cumplimiento, en el Reporte de Transacciones Sospechosas (RTS), cuyos procedimientos y plazos fijará el reglamento. Registrar a diario toda transacción en efectivo, única o estructurada, igual o mayor a diez mil dólares o su equivalente, y reportarla periódicamente a la IVE.
Conservación de registros
Guardar los registros y la documentación de debida diligencia durante cinco años desde el fin de la transacción o de la relación, de forma que cada operación pueda reconstruirse. Las entidades financieras conservan además diez años en medios digitales.
Evaluación de efectividad
Evaluar cada año el cumplimiento y la efectividad del programa, por auditoría interna o por auditores especializados, para acreditar que funciona y no solo que existe en papel.
Cómo lo resuelve COX
Expediente digital de debida diligencia
Cada cliente tiene un expediente vivo con identificación, documentos, riesgo asignado y trazabilidad de quién hizo qué y cuándo.
Consulta en listas restrictivas
Verificación contra listas de sanciones, PEP y medios adversos al dar de alta al cliente y de forma recurrente después, con evidencia de cada consulta.
Detección de personas expuestas políticamente
Identificación de PEP, sus familiares y asociados cercanos, con el flujo de debida diligencia reforzada que corresponde.
Matriz de riesgo
Clasificación automática por cliente, actividad, geografía y canal, con la metodología documentada para poder defenderla ante el supervisor.
Onboarding digital
El cliente completa su formulario y carga documentos desde su teléfono. Usted recibe el expediente armado, no un correo con archivos sueltos.
Alertas y monitoreo
Señales cuando una operación se sale del perfil del cliente o cuando una contraparte aparece en una lista después de haber sido aceptada.
Trazabilidad para la IVE
Registro inmutable de cada decisión, con fecha, responsable y sustento. Es lo que convierte una revisión en un trámite en lugar de una crisis.
Capacitación registrada
Control de quién recibió formación, cuándo y sobre qué, con constancia descargable.
Por qué COX
Implementación en días
Sin instalación ni proyecto de meses. La ley rige desde el 17 de septiembre de 2026; su sistema puede estar listo en días.
Pensado para despachos y firmas pequeñas
No es una plataforma bancaria adaptada. Está construida para el volumen y el presupuesto de un despacho profesional o una inmobiliaria.
Pago por uso
Sin mensualidad forzada. Paga por los clientes que verifica.
cifrado de datos · registro de auditoría inmutable · accesos por rol · alojamiento en la nube
Empiece antes de que le toque explicarlo
La ley rige desde el 17 de septiembre de 2026. La Superintendencia de Bancos tiene hasta el 17 de marzo de 2027 para elaborar el reglamento, que fijará umbrales y plazos del RTS, pero las obligaciones nacen con la ley.
Preguntas frecuentes
Guías sobre este tema:
Debida diligencia y KYC Qué hace un oficial de cumplimiento El Decreto 15-2026 de Guatemala, explicadoCOX también cubre estos países:
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